Sancionado- Proceso sancionador por falta de colaboración en estudio de medicamentos en contra de la sociedad Quimex, S.A de C.V (SC-005-O/M/NR-2007)
20 febrero, 2007
SC-005-O/M/NR-2007
PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
INICIADO POR QUIMEX, S. A. DE C. V.
Ref. 288-2007
Escrito de relación de prueba
El día 3 de julio de 2008, la apoderada del Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia presentó un escrito relacionando los argumentos de defensa con los folios correspondientes del expediente administrativo, a efecto de demostrar la legalidad de la actuación impugnada.
Asimismo, solicitó nuevamente que se declarara la inadmisibilidad de la demanda y que, en todo caso, se emitiera sentencia confirmando la legalidad del acto reclamado
Informe de 48horas
A través del escrito presentado por la apoderada del Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia, el día 25 de febrero de 2008, se rindió el informe solicitado por la Sala de lo Contencioso Administrativo, se presentó el expediente administrativo requerido y se contestó la demanda en sentido negativo.
Admisión de la demanda
A través de la interlocutoria pronunciada por la Sala de lo Contencioso Administrativo a las 15 horas y 20 minutos del día 5 de diciembre de 2007, notificada al Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia el día 21 de febrero de 2008, el referido Tribunal resolvió: (a) admitir la demanda presentada por QUIMEX, S. A. DE C. V.; (b) tener por parte a dicha sociedad; (c) requerir a la autoridad demandada la emisión de un informe en 48 horas, respecto a la existencia del acto reclamado; y (d) requerir a la autoridad demandada la remisión del expediente administrativo.
Cumplimiento de prevención
Mediante el escrito presentado por QUIMEX, S. A. DE C. V. el día 17 de octubre de 2007, dicha sociedad evacuó las prevenciones que se le formularon a su demanda.
Prevención al demandante
Mediante la interlocutoria pronunciada a las 15 horas y 15 minutos del día 13 de septiembre de 2007, la Sala de lo Contencioso Administrativo previno a la sociedad demandante que, en el plazo de tres días hábiles, subsanara ciertas deficiencias de su demanda.
Interposición de la demanda
El día 18 de junio de 2007, la sociedad QUIMEX, S. A. DE C. V. interpuso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia una demanda en contra del Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia, reclamando la ilegalidad de la resolución ordenada a las 18 horas y 40 minutos el día 13 de marzo de 2007, mediante la que se le impuso una multa por no haber prestado la colaboración debida a través de la presentación de la información solicitada en el plazo establecido.
RESOLUCIÓN FINAL
Declara sin lugar la interposición del recurso de revisión
Por medio de resolución de fecha 10 de abril de 2007 se declara sin lugar la petición formulada por la sociedad QUIMEX, S.A. de C.V., consistente en la admisión del recurso de revisión interpuesto en contra de la resolución que impone la multa, en virtud de no haberse observado el plazo establecido en el artículo 17 de la Ley de Procedimiento para la Imposición del Arresto o Multa Administrativos. En consecuencia se ordenó remitirse a lo resuelto en las resoluciones de fecha 13 de marzo y 22 de marzo del corriente año. Esta resolución se notificó con fecha 12 de abril de 2007.
Ejecutoria de la Resolución Final
Por resolución de fecha 22 de marzo de 2007 se declaró ejecutoriada (en firme) la resolución que impusiera la multa a la sociedad en referencia, en virtud de lo establecido en el Art. 15 de la Ley de Procedimiento para la Imposición del Arresto o Multa Administrativos.
Resolución Final
Por resolución de fecha 13 de marzo de 2007 se le impuso a la sociedad Quimex S.A. de C.V., una multa de $14,133.24 correspondiente a 83 días de retraso en la entrega de información, constituyendo una infracción al artículo 38 inciso 2° de la Ley de Competencia, por no haber prestado la colaboración requerida en los términos establecidos por esta Superintendencia. La resolución fue notificada con fecha 19 de marzo de 2007.
APERTURA A PRUEBAS
Por resolución de fecha veintisiete de febrero de dos mil siete, el Consejo Directivo de esta Superintendencia, ordenó la apertura a pruebas en el procedimiento administrativo sancionador por el término de ocho días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación de dicha resolución, la cual se llevó a cabo el día veintiocho de febrero del mismo año.
INICIO DE PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO
Por resolución de fecha 20 de febrero de 2007, el Consejo Directivo de esta Superintendencia, ordenó de oficio, la apertura del procedimiento administrativo sancionador en contra de la sociedad Quimex, S.A. de C. V., por el supuesto cometimiento de infracciones al Art. 38 inciso 2° de la Ley de Competencia, al haberse negado a proporcionar información solicitada por esta Superintendencia.