Resolución Final – Denuncia de prácticas anticompetitivas en relación a prestación de servicios en el Puerto de Acajutla (SC-031-D/PS/R-2010)

23 agosto, 2010

SC-031-D/PS/R-2010

RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE REVISIÓN

Resolucion

El Consejo Directivo (CD) de la SC, mediante resolución de las 10 horas y 30 minutos del día 4 de octubre de 2011, declaró no ha lugar el recurso de revisión interpuesto por las sociedades.

En consecuencia, el CD de la SC confirmó en todas sus partes la resolución pronunciada a las 10 horas del día 30 de agosto de 2011 y por tanto dar inmediato cumplimiento a lo ordenado en la parte resolutiva de la misma.

 

RESOLUCIÓN FINAL

Resolucion

El 30 de agosto de 2011, el Consejo Directivo de la Superintendencia emitió resolución final en procedimiento sancionador en contra de las sociedades Servicios Portuarios Salvadoreños, S. A. de C. V. y Empresa Portuaria Salvadoreña, S. A. de C. V. por el cometimiento de prácticas anticompetitivas en ciertas licitaciones públicas.

 

Apertura a Pruebas

El día 24 de febrero de 2011, el Superintendente de Competencia, en ocasión del procedimiento sancionador iniciado por denuncia de los señores José Bonilla Trigueros, Manuel Antonio González y Oscar Gilberto Torres, abrió el período probatorio, el cual será un plazo común de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de esta resolución, para que las partes sustenten sus alegatos.  

 

Admisión de la denuncia

El 28 de septiembre de 2010, el Superintendente de Competencia Suplente en Funciones admitió a trámite la denuncia de presentada por los señores José Bonilla Trigueros, Manuel Antonio González y Oscar Gilberto Torres contra las sociedades que prestan servicios marítimo-portuarios en el Puerto de Acajutla por la comisión de presuntas prácticas anticompetitivas en ciertas licitaciones públicas.  

 

Prevención al denunciante

El Superintendente de Competencia Suplente en funciones previno el día 23 de agosto de 2010 a los denunciantes que, previo al análisis de fondo de la denuncia y trámite correspondiente de ley, deberán legitimar su personería en debida forma, así como ratificar el contenido de la denuncia presentada.  

 

Recepción de la denuncia

El 13 de agosto de 2010, el Superintendente de Competencia Suplente en funciones recibió la denuncia presentada de ciertas personas aduciendo haber sido afectados por la adjudicación en una licitación pública para la prestación de servicios en el Puerto de Acajutla.

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