Resolución final – Denuncia de prácticas anticompetitivas en compras públicas de la CEL (SC-029-D/PS/NR-2013)
31 julio, 2013
SC-029-D/PS/NR-2013
RESOLUCIÓN FINAL
El día 8 de julio de 2015 el Consejo Directivo de la SC emitió resolución final en la que declaró que con la información y documentación que obra en el expediente no se demostró que C-E Inversiones, S. A de C. V., Tatiana Arlette Rodriguez Villegas, Edwin Omar Sáenz, Ernesto Chicas Beltrán, Carlos Francisco Fuentes Torres y Claudia Lorena Quiroa hayan cometido la práctica anticompetitiva tipificada en el artículo 25 letra a) de la Ley de Competencia.
No obstante lo anterior, se realizaron recomendaciones a la institución autónoma denunciante, en el sentido de efectuar una revisión y restructuración de algunos elementos relacionados al trámite interno de las distintas etapas de los procedimientos de adquisición pública, en especial los de libre gestión, con el objeto de poder detectar y prevenir la concurrencia de elementos que faciliten la existencia de acuerdos entre competidores dentro de los procedimientos que realice en el futuro, y sobre todo en aquellos en los que participen los sujetos que fueron denunciados en este procedimiento, tal como se ha señalado en el romano VIII del proveído antes citado.
INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE Y REMISIÓN AL CD
Mediante resolución emitida por el Superintendente de Competencia, a las 10 horas y 30 minutos del día 3 de octubre de 2014, se concluyó la fase de investigación del presente procedimiento sancionatorio, se integró el expediente y se remitió al Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia.
DECLARATORIA DE CONFIDENCIALIDAD
Mediante resolución proveída a las 11 horas y 50 minutos del día 4 de septiembre de 2014, el Superintendente clasifica como confidencial, por su valor empresarial, comercial u oficial la información proporcionada por C-E Inversiones, Sociedad Anónima de Capital Variable; Ernesto Chicas Beltrán, Edwin Omar Sáenz, Claudia Lorena Quiroa, Carlos Francisco Fuentes Torres, Tatiana Arlette Rodríguez Villegas, Ministerio de Hacienda y CEL. Asimismo clasifica como no confidencial la demás información proporcionada al interior del procedimiento, según ha quedado establecido en la parte resolutiva de la correspondiente resolución.
CLASIFICACIÓN DE INFORMACIÓN
Ampliación del plazo
El día 9 de julio de 2014 el Superintendente de Competencia emitió resolución en la que se amplió el plazo ordinario por doce meses, conforme a lo establecido en el Art. 45 de la LC.
Audiencia de confidencialidad
El día 4 de julio de 2014 el Superintendente de Competencia emitió resolución en las que se otorgó audiencia de confidencialidad a los agentes económicos a los que se les requirió información, conforme a lo establecido en el Art. 52 de la LC.
PRUEBAS
Declaración de testigos
El día 27 de febrero de 2014, la Superintendencia de Competencia, de oficio y por medio de la Intendencia de Investigaciones, procedió a realizar la toma de declaración al representante de la sociedad C-E Inversiones, S. A. de C. V. y a 4 personas naturales, con el objeto de indagar acerca de los procesos de adquisiciones de bienes y servicios por libre gestión solicitados por la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL) durante el año 2010.
Apertura a pruebas
El día 28 de enero de 2014, el Superintendente de Competencia ordenó la apertura a pruebas por el plazo de veinte días hábiles, en el procedimiento de investigación en contra de la sociedad: C-E Inversiones, S. A. de C. V., y las personas: Tatiana Arlette Rodríguez Villegas, Edwin Omar Sáenz, Ernesto Chicas Beltrán, Carlos Francisco Fuentes Torres y Claudia Lorena Quiroa, por supuestas conductas que configurarían la práctica anticompetitiva del artículo 25 de la Ley de Competencia, en su letra a).
INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Mediante resolución emitida por el Superintendente de Competencia, a las 11 horas del día 3 de octubre de 2013, se ordenó, por denuncia de CEL, el inicio del procedimiento administrativo sancionador en contra de C-E inversiones, S. A. de C. V., Tatiana Arlette Rodríguez Villegas, Edwin Omar Sáenz, Ernesto Chicas Beltrán, Carlos Francisco Fuentes Torres y Claudia Lorena Quiroa, por atribuirles el cometimiento de la práctica anticompetitiva tipificada en la letra a) del artículo 25 de la Ley de Competencia en procesos de adquisiciones de bienes y servicios por libre gestión, durante el período comprendido de julio a diciembre de 2010.
Asimismo, se concedió a dichos agentes económicos el plazo de treinta días para presentar sus alegatos de defensa, los que serán contados a partir de la fecha en la que se notifique el auto de instrucción referido a cada uno de ellos.
RECEPCIÓN DE LA DENUNCIA
Con fecha 31 de julio de 2013 la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Rio Lempa (CEL) interpuso denuncia en contra de varios agentes económicos por supuestas prácticas anticompetitivas tipificadas en el artículo 25 letra a) de la Ley de Competencia, las cuales habrían sido cometidas en procesos de adquisición de bienes y servicios por libre gestión, durante el período comprendido de julio a diciembre de 2010.