Sancionado – Procedimiento sancionador por falta de colaboración en contra de SUKARNE El Salvador (SC-028-O/OI/NR-2018)
19 septiembre, 2018
SC-028-O/OI/NR-2018
EJECUTORIA DE LA RESOLUCIÓN
Con fecha 17 de octubre de 2018 se declaró ejecutoriada la resolución final emitida el 10 de octubre de 2018, en vista de haber transcurrido el plazo (24 horas) establecido en el artículo 17 de la Ley de procedimientos para la imposición del arresto o multa administrativos, sin haberse interpuesto el recurso de revocatoria. Asimismo, se reiteró a SUKARNE que tenía el plazo de ocho días para efectuar el pago correspondiente, contados a partir de la fecha de la notificación de la resolución referida.
RESOLUCIÓN FINAL
Con fecha 19 de octubre de 2018 el CDSC a las 8 horas y 45 minutos impuso a SUKARNE la multa de DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO PUNTO DIECIOCHO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$16,425.18), por haberse comprobado que cometió la infracción administrativa tipificada en el artículo 38 inciso 6° de la Ley de Competencia, al no haber presentado la información requerida dentro del marco del estudio de mercado en referencia.
PRUEBAS
Con fecha 26 de septiembre de 2018 el CDSC ordenó la apertura a pruebas del procedimiento sancionador, a fin de incorporar los medios probatorios convenientes, de oficio o a petición del investigado.
INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
(Alegatos de defensa)
Con fecha 19 de septiembre de 2018 el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia (CDSC) ordenó el inicio del procedimiento sancionador por falta de colaboración (Art. 38 inc. 6° de la Ley de Competencia) en contra de SUKARNE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, por el supuesto incumplimiento de su deber de presentar información que le fue requerida dentro del marco del “Estudio sobre las condiciones de competencia en el mercado de la carne bovina en El Salvador”.