Prácticas anticompetitivas en comestibles (SC-021-D/PA/R-2007)

19 abril, 2008

SC-021-D/PA/R-2007

INADMISIBILIDAD DE LA DENUNCIA

Por resolución de fecha 16 de noviembre de 2007, la Superintendenta de Competencia resolvió declarar inadmisible la denuncia presentada por el representante legal de LGL, ya que en su escrito relacionado con la prevención que le fuera formulada, no logró subsanar las deficiencias formales advertidas.

 

PREVENCIÓN AL DENUNCIANTE

Por resolución de fecha 7 de noviembre de 2007, la Superintendenta de Competencia resolvió prevenir al representante legal de LGL, para que, en el plazo de 5 días contados a partir del siguiente al de la notificación respectiva, subsanara una serie de deficiencias formales de su denuncia, de conformidad a los artículos 42 de la Ley de Competencia y 62 de su reglamento.

 

RECEPCIÓN DE LA DENUNCIA

El día 23 de octubre de 2007, la sociedad LGL, S. A. de C. V. presentó denuncia escrita por el supuesto cometimiento de actos que podrían constituir prácticas anticompetitivas.

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