Opinión sobre el establecimiento de precio fijo en compras gubernamentales (SC-021-OP/LP/R-2009)
28 agosto, 2009
SC-021-OP/LP/R-2009
EMISIÓN DE OPINIÓN
Mediante resolución emitida el día martes 6 de octubre de 2009, con base en las consideraciones expuestas y en los artículos 1 y 14 letra m) de la Ley de Competencia, el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia, RECOMIENDA:
I. Al Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) la no implementación de la política de fijación de precios de compra por las razones expuestas en la presente opinión;
II. Asimismo, se recomienda la adopción de las siguientes medidas generales para promover la competencia y la transparencia en los procedimientos de adquisición públicos que sigue el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS):
A. Realizar una amplia difusión de los procesos de compras del ISSS, tanto en medios de comunicación nacionales como internacionales;
B. Abrir efectivamente los concursos a la participación de agentes externos, diseñando para ello los requisitos que deberán cumplir los mismos e identificarlos claramente en los documentos respectivos;
C. Evitar imponer restricciones innecesarias como requisitos demasiado altos, garantías que superen montos razonables y requerimientos excesivos de experiencia de los participantes;
D. Especificar de forma clara y sencilla los requerimientos del producto o servicio a adquirir, ya que cuanto más claros sean los mismos, más sencilla será su comprensión para los participantes potenciales y mayor confianza tendrán cuando preparen y presenten sus ofertas;
E. Promover la transparencia en las compras de medicamentos institucionales a través de la publicación de los resultados de los concursos en un sitio web creado especialmente para que los agentes económicos den seguimiento a los mismos;
F. Evaluar cuidadosamente qué información se revela al momento de abrir la licitación, durante su duración y al publicar los resultados de la misma, ya que se debe evitar publicar datos sensibles en términos de competencia; y
G. Requerir opinión a esta Superintendencia acerca del diseño de los procedimientos de adquisición, así como de cualquier otra circunstancia que se sospeche pudiese constituir un obstáculo a la competencia.
SOLICITUD DE OPINIÓN
El 28 de agosto de 2009, el Instituto Salvadoreño del Seguro Social solicita opinión sobre el establecimiento de precio fijo en compras gubernamentales.