Opinión sobre acuerdo multilateral de cielos abiertos para los estados miembros de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (SC-021-OP/PN/R-2012)
21 marzo, 2012
SC-021-OP/PN/R-2012
EMISIÓN DE OPINIÓN
Con fecha 31 de mayo de 2012, el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia con base en los artículos 1, 4 y 14, letra l) de la Ley de Competencia, y 19, letra e) de la Ley de Acceso a la Información Pública, el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia resuelve:
A) Se recomienda al Ministro de Relaciones Exteriores promueva el proceso de ratificación del Acuerdo Multilateral de Cielos Abiertos para los Estados Miembros de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil, ante la Asamblea Legislativa, pero formule las siguientes reservas:
1. Reserva que excluya la aplicación de los párrafos 2, 4, 5, 6 y 7 del artículo 18 para evitar una posible afectación a la autonomía de la SC y el deber de tutela de la legalidad dispuesta en la Ley de Competencia; y
2. Reserva que acote los efectos del párrafo 8 del artículo 18, indicando que, en el ejercicio de sus atribuciones y la aplicación territorial de las leyes salvadoreñas, las instituciones del gobierno no estarán condicionadas por los intereses nacionales de los Estados parte.
B) Declarase reservada la presente opinión hasta por el plazo de dos años, y en tanto no sea ratificado el Acuerdo Multilateral de Cielos Abiertos para los Estados Miembros de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil, por contener recomendaciones que podrían sustentar las decisiones del Ministro de Relaciones Exteriores sobre dicho instrumento.
C) Comuníquese
ELABORACIÓN DE OPINIÓN
Con fecha 4 de mayo de 2012 se recibió en las oficinas de la Superintendencia de Competencia correspondencia firmada por el Ministro de Relaciones Exteriores, seño Hugo Roger Martínez Bonilla, por medio de la cual remite el Acuerdo Multilateral de Cielos Abiertos para los Estados Miembros de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil con la finalidad que se emita opinión del mismo.