Investigación de oficio sobre supuestas prácticas anticompetitivas en contra de Constructora Gaitán y Perforaciones Villatoro Vásquez (SC-037-O/PI/NR-2017)
5 julio, 2018
SC-037-O/PI/NR-2017
RESOLUCIÓN FINAL
El Consejo Directivo declaró que Constructora Gaitán, S. A. de C. V., y Perforaciones Vivas, S. A. de C. V., cometieron la práctica anticompetitiva descrita en el artículo 25, letra c), de la LC, al haber adoptado un acuerdo para fijar los precios en el procedimiento de licitación pública segunda convocatoria, No.LP-05/2015-MJSP-DGME, realizada por el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública; e impuso a cada sociedad una multa de 20 salarios mínimos mensuales en la industria, que equivalen a $4,932.00, las cuales en conjunto suman $9.864.00.
Asimismo, se trasladarán recomendaciones al Ministerio de Justicia y Seguridad Pública a fin de combatir la continuidad de las prácticas anticompetitivas comprobadas y de prevenir futuros acuerdos colusorios entre oferentes.
INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE Y REMISIÓN AL CONSEJO DIRECTIVO
El día 5 de julio de 2018, el Superintendente de Competencia dio por evacuada la audiencia de confidencialidad conferida al Director de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, y actualizó la integración del expediente que fue realizada el 22 de mayo del 2018.
Asimismo, concluyó la fase de investigación remitiendo el expediente al Consejo Directivo; y recordó a las sociedades investigadas del derecho de vista -y demás derechos de naturaleza procedimental relacionados- que poseen sobre las actuaciones públicas que conforman el expediente.
CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
Declaratoria de confidencialidad
El día 22 de mayo de 2018, el Superintendente de Competencia dio por evacuada la audiencia de confidencialidad conferida al Director de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, y declaró la confidencialidad de cierta información y documentación presentada por los agentes económicos investigados, por su valor empresarial, comercial, oficial o secreto.
Asimismo, integró el expediente quedando conformado por las piezas públicas y la confidencial, según lo detallado en la resolución del 22 de mayo de 2018; y recordó a las sociedades investigadas del derecho de vista -y demás derechos de naturaleza procedimental relacionados- que poseen sobre las actuaciones públicas que conforman el expediente.
Clasificación de información confidencial
El día 27 de abril de 2018, el Superintendente de Competencia resolvió conceder el plazo común de cinco días calendario a partir de su respectiva notificación, a Constructora Gaitán, S.A. de C.V.; Perforaciones Vivas, S. A. de C. V.; y al Director de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, a efecto de que se pronuncien sobre la propuesta de clasificación de la información y documentos presentados a este momento en el procedimiento.
APERTURA A PRUEBAS
El día 29 de enero de 2018, el Superintendente de Competencia ordenó la apertura a pruebas por un plazo común de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la última notificación de la resolución, en el procedimiento en contra de las sociedades Constructora Gaitán, S.A. de C.V. y Perforaciones Villatoro Vásquez, S.A. de C.V., por supuestas conductas que configurarían la práctica anticompetitiva del artículo 25 de la Ley de Competencia, en su letra c).
INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
(ALEGATOS DE DEFENSA)
El Superintendente de Competencia ordenó de oficio, el 29 de septiembre de 2017, la instrucción del procedimiento administrativo en contra de las sociedades Constructora Gaitán, S.A. de C.V. y Perforaciones Villatoro Vásquez, S.A. de C.V. para determinar si estas habrían infringido el artículo 25, letra c), de la Ley de Competencia.