Improcedencia – Solicitud de autorización de concentración económica de las sociedades Inversiones Atlántida, S.A. de C.V. y AFP Confía, S.A.​

17 febrero, 2015

SC-008-S/CE/R-2015

IMPROCEDENCIA DE LA SOLICITUD

 ​El día 22 de Abril de 2015, esta Superintendencia declaró improcedente la solicitud de autorización de concentración de la sociedad Corporación de Inversiones Atlántida, S.A. de C.V., consistente en la compra por parte de Inversiones Atlántida, S.A. en las acciones que Inversiones Financieras Citibank, S.A. posee en el capital social de la Administradora de Fondos de Pensiones Confía, S.A., debido a que esta operación no cumple con lo establecido en el Art. 33 de la Ley de Competencia, y por tanto no requiere de autorización previa por parte de la Superintendencia de Competencia.

 

 PREVENCIÓN 

 

El día 4 de marzo de 2015, el Consejo Directivo advirtió que la solicitud no reunía los requisitos a los que se refiere el Art. 25 del Reglamento de la Ley de Competencia . En consecuencia, resolvió prevenir a la solicitante presentar la documentación faltante y necesaria para analizar las relaciones de control entre las involucradas y cumplir las formalidades de ley. En esa misma resolución, se declaró reservado el expediente.​​

 

 RECEPCIÓN DE SOLICITUD 

 

El 17 de febrero de 2015, la sociedad Corporación de Inversiones Atlántida, S.A. de C.V. presentó ante esta Superintendencia solicitud de autorización de concentración económica consistente en compra por parte de Inversiones Atlántida, S.A. de C.V. de las acciones que Inversiones Financiera Citibank, S.A. posee en el capital social de la sociedad AFP Confía, S.A.​

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