Opinión sobre anteproyecto de ley de defensa comercial (SC-005-S/ON/R-2015)
6 febrero, 2015
SC-005-S/ON/R-2015
EMISIÓN DE OPINIÓN
El día 4 de marzo de 2015, con base en los artículos 86 de la Constitución de la República, 58 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y 14, literal l), de la Ley de Competencia, el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia, en relación al anteproyecto de “Ley de Defensa Comercial”, OPINA:
A. Considerando la validez de las reflexiones formuladas en la opinión emitida el 14 de mayo de 2014, mediante la resolución con referencia SC-018-O/ON/R-2014/Res.:14/05/2014, se reitera la importancia de las sugerencias formuladas en dicha ocasión:
1. Sustituir los arts. 5 al 29 del anteproyecto, en lo que corresponda, por un reenvío normativo que remita a los supuestos materiales, y no a las consecuencias, de los siguientes instrumentos del régimen de la Organización Mundial del Comercio: (i) el Acuerdo relativo a la aplicación del artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (Acuerdo Antiing), (ii) el Acuerdo sobre subvenciones y medidas compensatorias y (iii) el Acuerdo sobre salvaguardias.
2. En el art. 3, sustituir la referencia a la “Dirección de administración de tratados comerciales” por la del “Órgano Ejecutivo en el ramo de economía”, así como en todas aquellas disposiciones que se vean afectadas por esta modificación.
3. En los apartados dedicados a las normas procesales comunes sobre prácticas desleales de comercio y medidas de salvaguardia, establecer explícitamente que la autoridad investigadora podrá iniciar, instruir y continuar oficiosamente el proceso de investigación.
B. Comuníquese.
SOLICITUD DE OPINIÓN
El día 6 de febrero de dos 2015, se recibió en las oficinas de la Superintendencia de Competencia (SC), correspondencia firmada por el Secretario para Asuntos Legislativos y Jurídicos de la Presidencia de la República, licenciado Francisco Rubén Alvarado Fuentes, por medio de la cual remite para análisis el anteproyecto de “Ley de Defensa Comercial”.