Solicitud de autorización de concentración económica entre GBM de El Salvador, S.A. de C.V., y Lat Capital Solutions, S.A. de C.V. (SC-023-S/CE/NR-2018)
26 septiembre, 2018
SC-023-S/CE/NR-2018
IMPROCEDENCIA DE LA SOLICITUD
El 26 de septiembre de 2018 el Superintendente de Competencia resolvió declarar improcedente la solicitud de autorización de concentración económica presentada por GBM de El Salvador, S.A. de C.V., al haberse constatado que la transacción involucra a agentes económicos que forman parte del mismo grupo económico, por lo cual, carecen de independencia previa.
PREVENCIÓN
El 22 de agosto de 2018, se previno la falta de legitimación en el poder de la solicitud de autorización. Asimismo, se requirió otra documentación necesaria para conocer de la solicitud presentada, de conformidad con los artículos 33 y 35 de la LC y 25 y 26 del RLC. Mediante escritos presentados el 4 y 12 de septiembre de 2018, el solicitante pretendió subsanar algunos aspectos de dicha prevención.
RECEPCIÓN DE SOLICITUD
Mediante un escrito de 10 de agosto de 2018, la Superintendencia de Competencia recibió solicitud de autorización de concentración económica consistente en la fusión de las sociedades GBM de El Salvador, S.A. de C.V., y Lat Capital Solutions, S.A. de C.V., siendo la primera sociedad la absorbente y la segunda la absorbida.