Solicitud de autorización de concentración económica consistente en la adquisición por parte Farmacéutica Rodim, S.A. de C.V. de un conjunto de marcas y registros sanitarios propiedad de Procaps, S.A. y Procaps, S.A. de C.V. (SC-041-S/CE/R-2021)

9 marzo, 2022

SC-041-S/CE/R-2021

IMPROCEDENCIA DE LA SOLICITUD

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El 9 de marzo de 2022 el Superintendente de Competencia resolvió declarar improcedente la solicitud de autorización de concentración económica presentada por Farmacéutica Rodim, S.A. de C.V., al haberse constatado que la referida transacción no supera los umbrales económicos establecidos en la Ley de Competencia.

 

PREVENCIÓN

El 20 de enero de 2022 el Superintendente de Competencia, con base en los artículos 33 de la LC y 25 y 26 del RLC, previno a Farmacéutica Rodim, S.A. de C.V. para que, en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente de la notificación respectiva, presentara cierta documentación e información relacionada con la estructura de la operación y necesaria para el análisis de la solicitud.

 

El 4 de febrero de 2022, Farmacéutica Rodim, S.A. de C.V. subsanó parcialmente los puntos prevenidos y, adicionalmente, solicitó una prórroga de cinco días hábiles a partir del vencimiento del plazo original y, en caso fuera necesario, una prórroga adicional de diez días hábiles. Por resolución del 7 de febrero de 2022, el Superintendente de Competencia tuvo a bien conceder la extensión del plazo solicitada.

 

RECEPCIÓN DE SOLICITUD

El 23 de diciembre de 2021 la Superintendencia de Competencia recibió solicitud de autorización de concentración económica consistente en la adquisición por parte Farmacéutica Rodim, S.A. de C.V. de un conjunto de marcas y registros sanitarios propiedad de Procaps, S.A. y Procaps, S.A. de C.V.

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