Resolución Final – Sanción por presentación de información inexacta en procedimiento administrativo sancionador relacionado con GLP (SC-027-O/M/R-2013)

31 julio, 2013

SC-027-O/M/R-2013

EJECUTORIA DE LA RESOLUCIÓN FINAL

Mediante resolución emitida por el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia a las 10 horas y 15 minutos del día 18 de septiembre de 2013, se declaró ejecutoriada la resolución final de fecha 4 de septiembre de 2013, en virtud de la cual se impuso a la sociedad Tropigas de El Salvador, Sociedad Anónima, la multa de SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PUNTO SESENTA CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$74,649.60), por haberse comprobado que incurrió en la infracción contenida en el artículo 38, inciso 6°, de la Ley de Competencia, al haber presentado de forma inexacta la información requerida en los plazos establecidos por esta Superintendencia y sin que hubiese mediado una justificación razonable que le hubiese llevado a proporcionar tal información en indebida forma.

 

Asimismo, se le hizo saber que de conformidad con el artículo 73 del Reglamento de la Ley de Competencia, posee el plazo de ocho días para efectuar el pago correspondiente, para lo cual debe dirigirse a la autoridad competente y comprobar posteriormente dicho pago ante esta Institución, para los efectos legales correspondientes.

 

RESOLUCIÓN FINAL

Mediante resolución emitida por el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia, a las 12 horas y 10 minutos del día 4 de septiembre de 2013, se impuso a la sociedad Tropigas de El Salvador, Sociedad Anónima, que se abrevia Tropigas, S. A., la multa de setenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y nueve dólares de los Estados Unidos de América con sesenta centavos de dólar (US$74,649.60), por haberse comprobado que incurrió en la infracción contenida en el artículo 38 inciso 6° de la Ley de Competencia, por haber presentado la información requerida en forma inexacta.

 

Asimismo, se concedió a dicho agente económico el plazo de ocho días calendario para efectuar el pago correspondiente, los que serán contados a partir de la fecha en la que se notifique la ejecutoria de esa resolución.

 

APERTURA A PRUEBAS

Mediante resolución emitida por el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia a las 10 horas del día 21 de agosto de 2013, se ordenó la apertura a pruebas por el plazo de ocho días hábiles en el procedimiento sancionador por falta de colaboración instruido contra la sociedad Tropigas de El Salvador, Sociedad Anónima, de acuerdo a lo establecido en el artículo 13 de la Ley de procedimiento para la imposición del arresto o multa administrativos.

 

Asimismo, se solicitó a la Intendencia de Investigaciones de esta Superintendencia que incorporara a dicho procedimiento sancionador la certificación de los pasajes relacionados en el auto de instrucción, contenidos en la actuación previa en el mercado de gas licuado de petróleo e identificada con el número de expediente SC-013-O/AP/R-2011.

 

INICIO DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR

Mediante resolución emitida por el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia a las 9 horas y 40 minutos del día 31 de julio de 2013, se inició de oficio el procedimiento sancionador contra la sociedad Tropigas de El Salvador, Sociedad Anónima, que se abrevia Tropigas de El Salvador, S. A., pues esta habría incurrido en la infracción contenida en el artículo 38, inciso 6°, de la Ley de Competencia, por haber presentado la información requerida por esta institución en forma inexacta, en las actuaciones previas en el mercado de gas licuado de petróleo (GLP), promovidas bajo la referencia número SC-013-O/AP/R-2011.

 

Asimismo, se concedió a dicho agente económico el plazo de tres días hábiles para que presentara su defensa por escrito.

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