Opinión sobre propuesta de reformas a la ley orgánica de aviación civil (SC-035-S/ON/R-2016)

12 septiembre, 2016

SC-035-S/ON/R-2016

EMISIÓN DE LA OPINIÓN

resolucion

 El 19 de octubre de 2016, como resultado de las consideraciones expuestas y con base en el artículo 14, literal l), de la Ley de Competencia, el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia SEÑALA:
I. En relación a la reforma al art. 22 de la Ley Orgánica de Aviación Civil, es inconveniente, por lo que se propone mantener inalterado los incisos 1°, 2°, 4º y 5º del art. 22 de la Ley vigente, y sustituir el inciso 3° por el siguiente:

 

“Por razones de interés nacional, en caso de la existencia de distorsiones en el mercado, la AAC podrá fijar transitoriamente tarifas mínimas y máximas para el transporte aéreo nacional e internacional, mientras existan tales distorsiones. Cuando la decisión se base en distorsiones a la competencia, la AAC deberá solicitar previamente a la Superintendencia de Competencia opinión para evaluar si las distorsiones a la competencia en el mercado justifican la intervención de la AAC. En estos casos, la Superintendencia estará obligada a emitir la opinión solicitada, en un plazo máximo de 90 días hábiles, pero corresponderá a la AAC determinar dichas tarifas mínimas y máximas. La metodología para el establecimiento de las tarifas mínimas y máximas deberá considerar el análisis de servicios de transporte aéreo, nacional e internacional, que presenten características técnicas y operativas similares. Las tarifas mínimas y máximas deberán ser aprobadas por el CDAC con base a informe técnico del Director Ejecutivo, y las mismas deberán ser públicas por la AAC previamente al inicio de su vigencia”.

 

II. Se reitera la recomendación de eliminar la consulta a la autoridad de Competencia dispuesta en el inciso 4° del art. 80 de la Ley, referida a la autorización de los vuelos chárter. En caso esta propuesta no sea atendida, ampliar el plazo para dar respuesta a la solicitud de la AAC hasta un término de treinta días hábiles.

 

III. Comuníquese.​

 

ELABORACIÓN DE OPINIÓN

El Secretario para Asuntos Legislativos y Jurídicos de la Presidencia, licenciado Francisco Rubén Alvarado Fuentes, solicitó opinión sobre una propuesta de reformas a la Ley Orgánica de Aviación Civil, a través de correspondencia remitida a la Superintendencia de Competencia el 12 de septiembre de 2016.​

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