Opinión sobre el proyecto de las normas técnicas del sistema de tarjetas de crédito (SC-009-OP/PN/R-2012)

6 marzo, 2012

SC-009-OP/PN/R-2012

EMISIÓN DE LA OPINIÓN

resolucion

El 21 de marzo de 2012, con base en las consideraciones expuestas y en los artículos 1, 4 y 14 letra l), de la Ley de Competencia, el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia OPINA:

 

A) A fin de mejorar la capacidad de los tarjetahabientes para optar por aquella tarjeta de crédito que resulte más conveniente, se recomienda al Ministro de Economía modifique la regulación que define la metodología para calcular la tasa máxima de interés efectiva, consignada en el artículo 31 letra a) del proyecto de las Normas Técnicas del Sistema de Tarjetas de Crédito, en el sentido siguiente:

 

1. Mantener la obligación de publicar la tasa de interés máxima que cobra cada emisor, tal como ahora aparece; y

 

2. Adicionar la obligación de publicar la tasa promedio que un emisor cobra efectivamente a todos sus tarjetahabientes, calculada en función de los ingresos que los emisores perciben en concepto de pago por intereses, comisiones y recargos y el saldo total adeudado en un período de tiempo determinado, tal como se ha explicado en el romano IV de esta resolución.

 

B) Comuníquese.​

 

SOLICITUD DE OPINIÓN

Con fecha 6 de marzo de 2012 se recibió en las oficinas de la Superintendencia de Competencia, en adelante la SC, correspondencia firmada por el Ministro de Economía, señor Héctor Miguel Antonio Dada Hirezi, por medio de la cual remite el proyecto de las Normas Técnicas del Sistema de Tarjetas de Crédito, en adelante las normas, con la finalidad que, se emita opinión al respecto.​

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