Resolución del recurso – Denuncia por supuestas prácticas anticompetitivas en el mercado de producción de harina de trigo
29 junio, 2016
SC-023-D/PI/NR-2016
RECURSO DE REVISIÓN
Resolución del recurso
El Consejo Directivo declaró, el 1 de noviembre de 2016, inadmisible el recurso de revisión interpuesto por el señor Wilfredo Guerra Umaña, como representante legal de Agroindustrias Gumarsal.
Interposición del recurso
El denunciate interpuso, el 30 de septiembre de 2016, recurso de revisión en contra de la resolución final emitida por el Superintendente de Competencia, por medio de la cual se rechazó por inadmisible su denuncia.
RESOLUCIÓN FINAL
El Superintendente de Competencia declaró, el 20 de septiembre de 2016, inadmisible la denuncia interpuesta relacionada con el mercado de producción de harina de trigo en virtud de que el denunciante presentó de forma extemporánea el escrito de respuesta de las prevenciones efectuadas.
PREVENCIÓN
El Superintendente de Competencia formuló, el 14 de julio de 2016 a las 9 horas y 20 minutos, la correspondiente prevención para que el denunciante, en el plazo de 5 días hábiles contados a partir de la notificación respectiva, subsane los aspectos formales indicados en la resolución.
RECEPCIÓN DE LA DENUNCIA
El 29 de junio de 2016, el señor Wilfredo Guerra Umaña, en representación de Gumarsal, presentó denuncia por supuestas prácticas anticompetitivas en el mercado de Producción de Harina de Trigo.