Prácticas anticompetitivas en Telecomunicaciones (SC-029-D/PA/R-2008)
5 diciembre, 2008
SC-029-D/PA/R-2008.
IMPROCEDENCIA DE LA DENUNCIA
Por medio de resolución de fecha 19 de diciembre de 2008, la Superintendenta de Competencia, con base en los artículos 42 y 47 de la Ley de Competencia, y artículos 61, 62 y 63 de su reglamento, RESUELVE:
(a) Declárese improcedente la denuncia presentada por LABORATORIOS COMBISA, por cuanto los hechos de la forma en la que han sido denunciados no se advierte que encajen en alguno de los supuestos contemplados en la Ley de Competencia
RECEPCIÓN DE LA DENUNCIA
El día 5 de diciembre de 2008, la Sociedad LABORATORIOS COMBISA interpuso denuncia en contra de un agente económico por atribuirle la comisión de conductas que pueden calificarse como anticompetitivas.