Prácticas anticompetitivas en comestibles (SC-021-D/PA/R-2007)
19 abril, 2008
SC-021-D/PA/R-2007
INADMISIBILIDAD DE LA DENUNCIA
Por resolución de fecha 16 de noviembre de 2007, la Superintendenta de Competencia resolvió declarar inadmisible la denuncia presentada por el representante legal de LGL, ya que en su escrito relacionado con la prevención que le fuera formulada, no logró subsanar las deficiencias formales advertidas.
PREVENCIÓN AL DENUNCIANTE
Por resolución de fecha 7 de noviembre de 2007, la Superintendenta de Competencia resolvió prevenir al representante legal de LGL, para que, en el plazo de 5 días contados a partir del siguiente al de la notificación respectiva, subsanara una serie de deficiencias formales de su denuncia, de conformidad a los artículos 42 de la Ley de Competencia y 62 de su reglamento.
RECEPCIÓN DE LA DENUNCIA
El día 23 de octubre de 2007, la sociedad LGL, S. A. de C. V. presentó denuncia escrita por el supuesto cometimiento de actos que podrían constituir prácticas anticompetitivas.