Autorizada – Concentración económica presentada por La Constancia, Ltda. de C.V. y The Coca-Cola Company (SC-036-S/CE/NR-2018)

26 octubre, 2018

SC-036-S/CE/NR-2018

RESOLUCIÓN FINAL

Documento PDF

​El 3 de julio de 2019 el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia autorizó la solicitud de concentración económica originalmente presentada el 26 de octubre de 2018 por La Constancia, Ltda. de C.V. y The Coca-Cola Company, habiendose completado la documentación necesaria para conocer de la solicitud, de conformidad con los arts. 33 y 35 de la Ley de Competencia y 25 y 26 de su Reglamento, el 4 de abril de 2019. La transacción notificada consiste en:

 

i. La adquisición por parte de TCCC de las marcas “Oasis” y “Cristal”, que amparan productos de agua envasada, propiedad de La Constancia, así como los demás signos distintivos relacionados con dichas marcas mediante el otorgamiento de un contrato de compraventa.

 

ii. El otorgamiento de un contrato de embotellado y distribución entre TCCC y La Constancia, a fin de que esta última produzca, embotelle y distribuya los productos de las marcas Oasis y Cristal, en los términos que ya lo hace con otras marcas de bebidas no alcohólicas propiedad de TCCC que se comercializan en el mercado salvadoreño.

 

La Superintendencia de Competencia realizó un análisis económico a partir del cual se determinó que la operación no produciría una disminución significativa a la competencia en ninguno de los mercados en los que participan las partes involucradas. El análisis de la Superintendencia se encuentra disponible en la versión pública de la resolución final sobre el presente procedimiento de concentración.

 

RECEPCIÓN DE LA SOLICITUD

El 26 de octubre de 2018, las sociedades La Constancia, Ltda. de C.V. (La Constancia) y The Coca-Cola Company (TCCC) presentaron ante la Superintendencia de Competencia escrito de solicitud de autorización de concentración económica. La operación sobre la cual se solicita autorización consiste en:

 

i. La adquisición por parte de TCCC de las marcas “Oasis” y “Cristal”, que amparan productos de agua envasada, propiedad de La Constancia, así como los demás signos distintivos relacionados con dichas marcas mediante el otorgamiento de un contrato de compraventa.

 

ii. El otorgamiento de un contrato de embotellado y distribución entre TCCC y La Constancia, a fin de que esta última produzca, embotelle y distribuya los productos de las marcas Oasis y Cristal, en los términos que ya lo hace con otras marcas de bebidas no alcohólicas propiedad de TCCC que se comercializan en el mercado salvadoreño.

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