Opinión sobre bases de licitación para el Proceso de Libre Concurrencia No. CAESS-CLP-001-2017 (SC-021-S/OC/R-2017)
19 mayo, 2017
SC-021-S/OC/R-2017
EMISIÓN DE OPINIÓN
Con fecha 29 de mayo de 2017, como resultado de las consideraciones expuestas en la resolucóin y con base en el artículo 14, letra m) de la Ley de Competencia, en la aprobación de las bases de la licitación pública internacional No. CAESS-CLP-001-2017, para el suministro de 120 MW de potencia y su energía asociada, el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia OPINA:
A. Considerando que estos aspectos ya han sido comentados en opiniones anteriores, se reitera a la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones solicitar a las distribuidoras lo siguiente:
1. Evaluar la pertinencia técnica de la POMAX para generación proveniente de generadores centroamericanos.
2. Evaluar el criterio que prohíbe respaldar la potencia ofertada combinando unidades generadoras instaladas dentro y fuera del territorio salvadoreño, tomando en consideración las justificaciones técnicas y de seguridad del sistema.
B. Como aspecto nuevo, en esta ocasión, se recomienda a la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones solicitar a las distribuidoras lo siguiente:
1. Solventar la contradicción identificada en los apartados 6 y 7 de las bases de licitación, acl9rando el tipo de unidad de unidad de generación por medio de la cual se puede respaldar el suministro adjudicado.
C. Comuníquese.
SOLICITUD DE OPINIÓN
Con fecha 19 de mayo de 2017 se recibió en las oficinas de la Superintendencia de Competencia correspondencia firmada por la Superintendenta General de Electricidad y Telecomunicaciones, ingeniera Blanca Noemí Coto Estrada, por medio de la cual solicita opinión sobre una propuesta de bases de licitación para el Proceso de Libre Concurrencia No. CAESS-CLP-001-2017, para contratar el suministro de 120 MW de Potencia Firme y su Energía Eléctrica Asociada.